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Decisión de Santos en caso Petro en contravía de la Constitución.

Mientras que el presidente Juan Manuel Santos no acata lo ordenado por la CIDH porque "no son de obligatorio cumplimiento", el secretario ejecutivo de ese organismo internacional afirma lo contrario. ¿Quien miente y engaña al país?


 
Emilio Álvarez Icaza, secretario ejecutivo de la CIDH.
El mexicano Emilio Álvarez Icaza, secretario ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dice que ese organismo ha monitoreado de cerca el caso de Gustavo Petro, desde cuando el alcalde alegó ser víctima de una supuesta persecución ideológica por parte del procurador Alejandro Ordóñez, solicitó medidas cautelares y presentó una petición (una demanda contra el Estado colombiano) ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

“Este ha sido un caso que ha traído a la Comisión una enorme cantidad de intercambios de opiniones, de deliberaciones”, dice. Finalmente, los siete comisionados alcanzaron unanimidad para otorgar las cautelares a Petro y ordenar al Estado colombiano que suspenda el fallo de la Procuraduría que ordenó destituir al alcalde, hasta que la Comisión se pronuncie de fondo sobre el caso. Sin embargo, el presidente Juan Manuel Santos declaró que no acogerá las medidas.

Miembros del gobierno dicen que las medidas cautelares no son obligatorias, sino que son una solicitud. ¿Qué responde?


La Corte Constitucional colombiana ha establecido que son de obligatorio cumplimiento. Existe una practica consolidada en Colombia de atender las medidas cautelares. No es una decisión de ahora. La Comisión tiene competencia en medidas cautelares porque la Constitución colombiana así lo ha determinado, de manera que la Comisión llega a esta decisión bajo el entendimiento de que son de obligatorio cumplimiento.

El Tiempo.com

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