Por: Fernando Pinzón Pérez, director de Tumacopopolo.com
Todo comenzó 7 años atrás en Armenia, capital del Quindío.
La ministra Campo, no es amiga del sindicalismo |
La señora ministra de educación, la abogada bugueña, María Fernanda Campo, especializada en derecho comercial y durante más de una década, al servicio de la Cámara de Comercio de Bogotá, impugnó la decisión.
El Consejo de Estado avaló el fallo de las instancias anteriores, y ahora la Corte Constitucional, en sentencia del pasado diciembre, la No. 1066 sentenció: EL MAGISTERIO DE COLOMBIA TIENE DERECHO A LA PRIMA DE SERVICIOS.
FECODE, TAMBIÉN CON SUS ABOGADOS ESTUVO Y ESTÁ EN LA PELEA.
Ahora, de acuerdo con Senén Niño, presidente de la Federación Colombiana de Educadores (FECODE), se espera llegar a un acuerdo con la ministra Campo, Esto es, que el gobierno nacional ordene el pago administrativo directo, sin tener que presentar nuevas demandas, exigiendo el derecho a la igualdad para los demás docentes del país.
La prima de servicios, a partir del derecho de petición que deben presentar las directivas sindicales, con base en el formato que FECODE pondrá a su disposición la próxima semana, será retroactiva hasta 3 años y equivale a medio salario mensual.
La prima de servicios debe ser cancelada a más tardar en el mes de julio de cada año.
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